En La Nacional somos emisores certificados por Dirección General de Impuestos Internos (DGII) de Comprobantes Fiscales Electrónicos, dando cumplimiento a la Ley 32-23 de Facturación Electrónica de la República Dominicana.
Hemos implementado la Facturación Electrónica en todos nuestros servicios y ahora nuestros clientes podrán recibir sus Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) en sus emails, de forma fácil y rápida.
Es importante tener los datos personales y empresariales actualizados, por esto le invitamos a pasar por la sucursal de su preferencia o contactar su Ejecutivo de Cuentas.
Es una iniciativa de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para innovar en la modalidad de facturación, la cual permite el intercambio de facturas electrónicas en un formato estándar, ofreciendo mayor seguridad e integridad de la información.
Beneficios de ser emisor de Facturas Electrónicas:
Características de un Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF):
Documentos que podrán ser electrónicos:
Se entenderá como Comprobante Fiscal Electrónico aquel documento electrónico firmado digitalmente que acredita la transferencia de bienes, entrega en uso o la prestación de servicios, debiendo cumplir siempre con los requisitos establecidos en el Decreto núm. 254-06 y cualquier otra Normativa vigente.
Para facturar electrónicamente, los contribuyentes deben ser emisores de e-CF previamente autorizados por DGII y utilizar un sistema que permita generar y recibir el formato estándar XML, según las especificaciones técnicas establecidas.
Dicho sistema puede ser:
La Facturación Electrónica promueve la competencia leal entre agentes económicos, moderniza y eficientiza procesos, a la vez que facilita el cumplimiento tributario y reduce costos transaccionales y operativos.
Entre las características de un e-CF se encuentran las siguientes:
El Comprobante Fiscal Electrónico se diferencia del Comprobante Fiscal no electrónico en que:
Sí, debe recibir una Representación Impresa (RI) del e-CF emitido y enviado a Impuestos Internos. Cabe destacar, que si la RI corresponde a un e-CF que no ha sido recibido por Impuestos Internos o se encuentre en estado de rechazo, la misma no podrá ser usada para fines de sustentar crédito fiscal.
LN WEB será la herramienta que se utilizará para la emisión y consultas de los e-NCF.
No, el proceso para anular un e-NCF emito es a través de la emisión de una nota de crédito.
No, estas opciones solo se podrán realizar por la herramienta de LN WEB.
Los clientes a partir de mayo-24 estarán recibiendo sus NCF electrónicos vía e-mail.
Los clientes deben de tener sus e-mails actualizados.
Todos los clientes empresa y personas físicas que realicen transacciones que generen NCF electrónicos.