Póliza para proteger al deudor en caso de que fallezca o quede incapacitado para trabajar durante el período de vigencia del préstamo.
Emitido por La Colonial S.A., Compañía de Seguros, a través de Affinity Marketing International, S.R.L.
De acuerdo a la causa de fallecimiento del Deudor y/o Codeudor asegurado, la cobertura no aplicaría para los casos siguientes:
a) Suicidio estando o no El Deudor y/o codeudor, en uso de sus facultades mentales ocasionado durante los primeros seis meses, a partir de la fecha efectiva de su cobertura.
b) Servicio militar, naval o aéreo, en tiempo de guerra declarada o no, mientras El Deudor se encuentre bajo órdenes para acción bélica o restauración como miembro de Las Fuerzas Armadas
c) Asalto, asesinato o reyerta, participando El Deudor como autor de tales hechos; por lo tanto queda consecuentemente cubierta bajo esta póliza la muerte de un Deudor cuando actúe en defensa propia.
d) Actos de terrorismo.
e) Competencias de velocidad sobre ruedas y o aparatos impulsados por fuerza motriz, a menos que esta actividad sea declarada en la solicitud de seguro y tarificada y aprobada por la Compañía.
f) Enfermedades preexistentes a la vigencia de este seguro para cada Deudor y/o codeudor con o sin su conocimiento, no declaradas en la solicitud de seguro o enfermedades declaradas, a menos que hayan sido aprobadas por La Compañía, y así se haga constar en la solicitud. Solo aplicará siempre que el fallecimiento ocurra dentro de los dos (02) primeros años de iniciada la cobertura.
h) Las enfermedades directas o lesiones relacionadas con el VIH o el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA). Solo aplicará siempre que el fallecimiento ocurra dentro de los dos (02) primeros
años de iniciada la cobertura.
Procedimiento:
El cliente tiene el derecho a interponer sus reclamaciones, ante cualquiera de nuestras sucursales y/o nuestros canales digitales, conforme los procedimientos establecidos para tales fines, los cuales serán entregados por parte de Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos, al momento de la firma del contrato y también podrá consultarlos en nuestros canales digitales. Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos se compromete a recibir y dar respuesta a las reclamaciones interpuestas en los plazos normativos de treinta (30) días calendario y si la reclamación es considerada compleja o cuando se requieran evidencias suministradas por un tercero, el plazo de respuesta podrá extenderse hasta cuarenta y cinco (45) días calendario. El cliente, se compromete a suministrar toda la información requerida que permita la oportuna atención y respuesta de las reclamaciones interpuestas. El cliente toma conocimiento de que luego de agotar los procesos establecidos para presentar las reclamaciones y obtener una respuesta desfavorable por parte de LN, tiene el derecho de interponer sus reclamaciones ante la Oficina de Protección al Usuario de la Superintendencia de Bancos, conforme los lineamientos establecidos por el ente regulador, a través de sus canales.
Documentación para reclamación:
Muerte Natural y Muerte Accidenta
Incapacidad y Pérdida Orgánica
Todos los deudores del Acreedor serán elegibles para el seguro en la forma que se establece más adelante, excepto aquellos Deudores cuya evidencia de asegurabilidad, si se requiere para el caso, no sea satisfactoria a la Compañía.
QAsesores
Teléfono: 809-701-6833
Correos: servicioalcliente@qasesores.com.do / reclamaciones@qasesores.com.do
Centro de Contacto Asociación La Nacional
Teléfono: 809-731-3333
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